Hay una reivindicación de que no debe de haber ninguna pensión por debajo del umbral de la pobreza. Aquí han cuantificado esa medida en 1.080€.
Esta cifra es incorrecta. La propuesta que se preparó desde GEPE, decía que ninguna pensión por debajo del umbral de la pobreza, sin olvidar el objetivo final que se ha reivindicado de ninguna pensión por debajo del SMI y que el importe de éste debía ser el que recomienda la Carta Social Europea de Derechos Sociales que no era otro que el 60% del salario medio del País.
Cuando se hizo el documento el salario medio en Euskadi era de 25.200 euros/año. Por tanto el 60%, de esa cantidad debería ser el salario mínimo en Euskadi, es decir 15.120€ anuales o, lo que es lo mismo, 1.080€ mensuales en 14 pagas.
Alguien mezcló todo y reivindicó: Ninguna pensión por debajo del umbral de la pobreza que en Euskadi serían 1.080 €/mes. En cifras actuales, con un salario medio en Euskadi de 1.941€ en 14 pagas, el SMI sería de 1.164,60€/mes.
La pobreza es un concepto relativo y su medición también. Se ha venido hablando del concepto de pobreza relativa o de población en riesgo de pobreza relativa, porque lo que se da es una información de una medida relativa, valga la redundancia.En Europa se utiliza el concepto de renta equivalente y su medición depende de la composición de un hogar, según el número de personas que lo componen y sus edades.
El umbral de pobreza se fija en el 60% de la mediana de los ingresos por unidad de consumo o ingresos equivalentes de los hogares. La mediana es el valor que ordenando los ingresos de mayor a menor deja la mitad de los mismos por debajo de esa cifra y la otra mitad por encima. El dato es el del último año anterior a la encuesta realizada. El último dato es por tanto del año 2016.
Según la Encuesta de Condiciones de Vida el umbral de la pobreza a nivel estatal sería de 8.208,50€ anuales o 586,32€/mes en 14 pagas. Según el estudio del Estado de la Pobreza en su apartado País Vasco, sería de 11.565€/año o 826€/mes en 14 pagas.
Eduardo García Elosua